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FORNARI, OSCAR c/ SENSEFIELD S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo confirma la decisión de primera instancia que desestimó el planteo de intereses en la liquidación de condena; el tribunal considera que la resolución en la etapa de ejecución se ajusta a la cosa juzgada de la sentencia definitiva y no amerita modificación.

Recurso de apelacion Intereses Liquidacion Cosa juzgada Condena laboral Ejecucion de sentencia Capitalizacion de intereses Primera instancia Firmeza Camara de apelaciones.


- Quién demanda: Oscar Fornari (actor)
- A quién se demanda: Sensefield S.R.L. (demandada)
- Qué se reclama: Intereses sobre la liquidación practicada en la condena por despido, y la decisión de la primera instancia que desestimó el planteo en materia de intereses
- Qué se resolvió: La Cámara desestimó el recurso de la demandada y confirmó la resolución de primera instancia que aprobó la liquidación con capitalización de intereses, considerando que la cuestión ya había sido resuelta en la sentencia definitiva y que la resolución en etapa de ejecución no modifica esa cosa juzgada. Fundamentos: "El recurso de apelación interpuesto por la codemandada Sensefield S.R.L. contra la resolución dictada en la primera instancia de fecha 06/03/2025, en la que se desestimó el planteo formulado por la parte en materia de intereses respecto de la liquidación practicada por la actora y la réplica del accionante, fue considerado en esta instancia. La resolución recurrida, en la que se aprobó la liquidación practicada por el accionante con la capitalización de los intereses de condena, fue dictada en la etapa de ejecución de sentencia, pero la índole de la cuestión plantea su tratamiento en esta alzada (conf. art. 105, inc. ‘h’ de la L.O.). El Tribunal entiende que lo resuelto en el pronunciamiento cuestionado resulta ajustado a la cosa juzgada emergente de la sentencia definitiva recaída en la primera instancia, la cual no fue objeto de recurso en materia de intereses, por lo que se encuentra firme según lo resuelto en el pronunciamiento dictado por este Tribunal." "Por lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: 1) Desestimar el recurso interpuesto por la demandada y confirmar la resolución recurrida. 2) Imponer las costas en el orden causado en atención a la índole de la cuestión en debate y la forma de resolver. 3) Diferir la regulación de los honorarios de alzada hasta tanto sean regulados en la primera instancia."

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