NYCZAJ, ARIEL SEBASTIAN c/ MATAFUEGOS DONNY S.R.L. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que rechazó la demanda por accidente laboral, sosteniendo que no se acreditó el nexo causal entre las tareas y las afecciones del actor, y mantuvo las costas y honorarios en los términos de la sentencia de grado.
- Quién demanda: Ariel Sebastián Nyczaj
- A quién se demanda: Matafuegos Donny S.R.L.
- Qué se reclama: Reclamó indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 12.4.2016, alegando que las tareas de carga y descarga de matafuegos pesados le provocaron una herniación discal.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por no acreditar el nexo causal entre las tareas realizadas y la lesión alegada, señalando que no se acreditó fehacientemente que el actor realizara las tareas de esfuerzo que afirmó. La prueba testimonial no fue suficiente para probar la vinculación causal.
Fundamentos:
“El análisis de la prueba rendida en autos, particularmente los testimonios de Colomer, Medina y Campo, no acredita de manera fehaciente, clara y precisa las tareas de esfuerzo vinculadas con las afecciones denunciadas. Ninguno de estos testigos declaró haber visto al actor realizar las tareas específicas. La prudencia en la valoración de la prueba testimonial, en consonancia con los principios de la sana crítica (art. 90, L.O.), desvirtúa la versión del actor, ya que las declaraciones no contienen detalles que permitan verificar la veracidad de sus afirmaciones. Además, el recurrente no expresó agravios respecto a la valoración de las declaraciones por parte del juez de grado, por lo que no se modifica lo resuelto en ese aspecto.”
“En consecuencia, la falta de acreditación de la relación causal impide la admisión de la acción civil, confirmándose la resolución de grado en esta materia.”
“Las costas de alzada se imponen en el orden causado, y se regulan los honorarios en el 30% de los fijados en la primera instancia, en consonancia con las pautas arancelarias.”
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