GONZALEZ, OSVALDO CESAR c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que rechazó la demanda por despido discriminatorio y fijó la incapacidad derivada del accidente laboral en 5,60% y 6,33%, respectivamente, además de mantener la condena y las costas, ajustando los intereses al CER y tasas del Banco Nación.
La causa versa sobre una demanda por accidente laboral y despido discriminatorio interpuesta por Osvaldo Cesar Gonzalez contra Provincia ART S.A. y otro. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción por accidente laboral, fijando la incapacidad en 5,60% y 6,33%, y rechazó la demanda por despido. La Cámara confirmó estas decisiones, evaluando los agravios sobre la valoración de la incapacidad, el nexo causal en daño psicológico, y la antigüedad del actor. Se modificó parcialmente la incapacidad fijada, ajustando los porcentajes y montos indemnizatorios, y se confirmaron las costas y los honorarios. La Cámara también rechazó los agravios relativos al despido, por no haberse acreditado la discriminación, y mantuvo la fecha de ingreso en 2016, ya que no se probó la antigüedad alegada por la actora. Fundamentos principales: El tribunal consideró que la valoración del informe pericial médico fue adecuada y que los agravios respecto a errores en la valoración de la incapacidad física no constituían errores arbitrarios, ya que no se demostraron errores invalidantes ni arbitrariedad. Sobre el daño psicológico, se sostuvo que no había relación causal suficiente, dado que la relación entre los infortunios físicos y el daño psíquico no fue acreditada como causa adecuada. En cuanto a la antigüedad, se rechazó la prueba aportada por la actora por falta de autenticidad y conocimiento directo del testigo. Respecto del despido, se concluyó que no se probó el trato discriminatorio, por lo que la decisión de la primera instancia fue confirmada. Se mantuvo la imposición de costas y honorarios, y se ajustaron los intereses según la normativa vigente.
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