SIMONTE, JOSE MARIA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca el dictamen de la Comisión Médica Central, declarando la incapacidad del recurrente a efectos previsionales al momento del fallecimiento del causante, y confirma la valoración del informe pericial, rechazando las objeciones del organismo previsional.
- Quién demanda: Jose Maria Simonte
- A quién se demanda: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
- Qué se reclama: Reconocimiento de incapacidad para obtener pensión por invalidez en virtud del art. 49 de la ley 24.241, en relación con el fallecimiento del causante.
- Qué se resolvió: La Cámara revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y declara que el recurrente estaba incapacitado a los fines previsionales al momento del fallecimiento del causante, basándose en el informe técnico que establece un grado de incapacidad del 70%.
Fundamentos:
"El informe técnico producido por los profesionales intervinientes surge que las patologías que afectan al recurrente, minuciosamente por ellos descritas y valoradas que establece el Anexo 1 del decreto 478/1998, según las circunstancias particulares del caso, provocan a la parte recurrente una incapacidad a los fines previsionales del 70% de la total obrera al 04-11-2023, fecha del fallecimiento del causante."
"Las objeciones formuladas por el organismo previsional no pueden ser atendidas pues no se sustentan en fundamentos científicos que permitan desvirtuar el asesoramiento técnico de auxiliares de la justicia cuya imparcialidad y corrección están garantizadas por normas específicas."
"El dictamen cumple con los requisitos del art. 472 del C.P.C.C.N. y tiene plena eficacia probatoria en los términos del art. 477 del mismo código."
La sentencia revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y declara la incapacidad del recurrente a efectos previsionales, imponiendo las costas por su orden.
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