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TRUJILLO MONICA SILVIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que resolvió sobre el reajuste de prestaciones previsionales, la constitucionalidad del Decreto 807/16, y otros agravios relacionados con la ley 24241 y el impuesto a las ganancias, manteniendo la resolución en todos sus términos.


- Quién demanda: Monica Silvia Trujillo
- A quién se demanda: ANSES
- Qué se reclama: Reajuste de beneficios previsionales, actualización del haber inicial, declaración de inconstitucionalidad del Decreto 807/16, y otros conceptos previsionales y fiscales.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la constitucionalidad del Decreto 807/16 en lo que respecta a la actualización de remuneraciones y la metodología de cálculo del haber inicial; confirmó la prescripción bienal y la tasa de interés, y rechazó los agravios relativos a la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24241 y el impuesto a las ganancias. Fundamentos: "En función de ello, si bien en el caso a consideración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Blanco Lucio Orlando” no resultaba de aplicación el Decreto 807/16 sino la Resolución 56/18 (por tratarse de un beneficio con fecha de cese anterior a la consignada en el art.5 -1/8/16-) los fundamentos argüidos por el Superior Tribunal para declarar inválida la resolución 56/18 resultan ajustados para efectuar el análisis constitucional del Decreto 807/16. Allí el Tribunal Supremo puso especial énfasis en la siguiente reflexión: “...no puede admitirse el ejercicio de una potestad de exclusivo resorte del Poder Legislativo Nacional, ejecutada por ese departamento del Estado desde el año 2008 en dos oportunidades (leyes 26.417 y 27.426) (…), que por lo expuesto es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período en juego, toda vez que se trata de un componente decisivo para asegurar la vigencia de los derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Ley Fundamental”. "De tal manera, atento que quien acciona obtuvo su prestación previsional con posterioridad al mensual agosto 2016, corresponde remitirnos, por razones de orden y economía procesal, en cuanto a la validez constitucional del Decreto 807/16 a los fundamentos del fallo “Blanco” y confirmar lo resuelto en la instancia de grado." "En relación a la metodología del recálculo del haber inicial de las categorías autónomas, la Sala entiende que corresponde aplicar la doctrina de la Corte Suprema en autos “Makler, Simón” (Fallos M.427.XXXVI.ROR), que establece que

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