MARTIN, ADRIAN ALCIDES c/ S.P.F. s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La Cámara Federal de Resistencia confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en un proceso por reclamo de derechos previsionales, modificando aspectos relativos a la interpretación de normativas salariales y su constitucionalidad. La decisión abordó la legalidad de la modificación de suplementos salariales y la equiparación de remuneraciones del personal penitenciario, sosteniendo que la normativa impugnada vulnera la ley de fondo y principios constitucionales.
- Quién demanda: Adrian Alcides Martin
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional, Servicio Penitenciario Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad de modificaciones en la liquidación de haberes, reconocimiento de derechos previsionales y equiparación salarial
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la ilegalidad de las modificaciones salariales, en particular la reducción de porcentajes de suplementos y la derogación de normas que garantizaban igualdad salarial entre el SPF y la PFA, por considerarlas contrarias a la ley y a precedentes de la CSJN. Se rechazaron los agravios del demandado respecto de la legalidad del Dto. 586/19 y la Resolución 607/19, y se ordenó respetar la equiparación salarial prevista en la ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señala que “la modificación de los porcentajes tanto de Antigüedad de Servicios como por Título Académico del SPF altera la equiparación instituida por el art. 95 de la Ley N° 20.416 entre las remuneraciones del SPF y la PFA”, y que “el Poder Ejecutivo no puede modificar la política salarial fijada por el Congreso mediante normas reglamentarias que contravengan la ley de fondo”. Además, se destaca que “la Ley N° 18.291 en su art. 95 in fine, prevé la equiparación y se encuentra plenamente vigente”, por lo que las modificaciones que la alteran son ilegítimas. La Cámara concluye que “las normas que establecen porcentajes inferiores a los originalmente previstos constituyen una violación a derechos adquiridos y a la igualdad salarial”, vulnerando principios constitucionales y la jurisprudencia de la CSJN, en particular los fallos “Ramírez” y “Ginés”. La sentencia también rechaza los argumentos del demandado respecto de la legalidad del Dto. 586/19 y la Resolución 607/19, por considerarlos una invasión de competencias del Poder Legislativo y un acto arbitrario.
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