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MAIDANA, EDGARDO FABIAN c/ ARCA - AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO - ARCA s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Cámara Federal de Resistencia confirmó parcialmente la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del régimen de impuesto a las ganancias aplicado a los haberes previsionales de Edgardo Fabián Maidana, y ordenó su reintegro, justificando que el allanamiento parcial de la demandada fue insuficiente para resolver el caso de orden público y constitucional. La resolución sostuvo que la inconstitucionalidad de normas fiscales afecta derechos constitucionales y requiere de pronunciamiento judicial completo, no solo del allanamiento parcial.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Reintegro de haberes previsionales Orden publico Normas tributarias Reclamacion de devolucion Normativa constitucional Art. 70 cpccn Costas y honorarios


- Actor: Edgardo Fabián Maidana
- Demandado: ARCA
- Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del régimen de impuesto a las ganancias que grava haberes previsionales, y devolución de las retenciones indebidas.
- Decisión del tribunal: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, confirmó la devolución de los montos retenidos desde la interposición de la demanda, y rechazó la validez del allanamiento parcial por no cumplir con los requisitos del art. 70 del CPCCN, dado que fue limitado en el tiempo y no total ni incondicional.
- Fundamentos principales: "El allanamiento en procesos de inconstitucionalidad resulta ineficaz cuando no cumple con los requisitos del art. 70 del CPCCN, en especial en casos de orden público y derechos constitucionales, como en el presente, en que se debate la validez de normas tributarias que afectan derechos protegidos por la Constitución Nacional, como el art. 14 bis y 75 inc. 22." "El proceso debe resolverse mediante sentencia fundada en los hechos y el derecho, y no puede dejar librada a la voluntad de la parte demandada la declaración de inconstitucionalidad, ya que esta facultad corresponde en modo exclusivo al Tribunal." "El límite temporal impuesto por la jueza de primera instancia en la devolución, restringiendo la restitución a partir del momento de la interposición de la demanda, es razonable, pero no impide reclamar la devolución de importes retenidos anteriormente por vía judicial adecuada." "Las costas deben soportarlas la parte vencida, en este caso, la demandada ARCA, y los honorarios se regulan en función del valor UMA, en $74.376, con aplicación del IVA si corresponde."

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