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TARTALO, FLORENCIA c/ FED. PATRONAL SEGUROS S.A. s/SUMARISIMO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que condenó a Federación Patronal Seguros S.A. por incumplimiento contractual en un siniestro de robo de vehículo. La resolución sostuvo que la aseguradora no acreditó adecuadamente la falsedad de la denuncia y que la aplicación del régimen de protección al consumidor es pertinente, confirmando la suma de condena y costas.

Recurso de apelacion Incumplimiento contractual Prueba documental Contrato de seguro Responsabilidad contractual Defensa del consumidor Robo de vehiculo Ley 24.240 Ley 17.418 Falsedad en denuncia


¿Quién es el actor?

Florencia Tartalo

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por incumplimiento contractual derivado del rechazo del siniestro de robo de vehículo y daños asociados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a la aseguradora a pagar $2.364.000 por daños materiales, daño moral y multa civil, además de confirmar las costas del proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia consideró que la demanda debía tramitarse bajo las reglas de la Ley de Defensa del Consumidor, dado que la relación contractual tiene carácter de contrato de consumo. La aseguradora no logró acreditar la falsedad de la denuncia del siniestro, pues no aportó pruebas concluyentes que demostraran que la actora incurrió en falsedad o que el vehículo no fuera sustraído en las circunstancias denunciadas. La evidencia documental, incluyendo imágenes de Google Maps y registros policiales, fue considerada insuficiente para desvirtuar la versión de la asegurada. Además, la aplicación del régimen del consumidor fue adecuada, ya que la ley 17.418 regula específicamente los contratos de seguros y no se contrapone con la ley 24.240, que también rige en materia general. La Cámara afirmó que la crítica de la aseguradora respecto a la valoración probatoria no fue razonada ni concreta, por lo que el recurso fue rechazado y la sentencia confirmada en todas sus partes, con costas a la aseguradora vencida.

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