GARIBOTTI, MARCELO JOSUE Y OTROS c/ TELECOM ARGENTINA S.A. s/OTROS RECLAMOS
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que rechazó la demanda de los actores en reclamo de bonos de participación en las ganancias y declaró la inconstitucionalidad del art. 4 del decreto 395/92, por considerar que la normativa vulneraba derechos constitucionales y legales, y que la obligación de emitir bonos correspondía al ente a privatizar, en este caso Telecom Argentina S.A., en virtud del régimen legal del proceso de privatización y del programa de propiedad participada.
- Quién demanda: F.O.E.T.R.A. Sindicato Buenos Aires en representación de diversos empleados de Telecom Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Telecom Argentina S.A. y de manera solidaria el Estado Nacional-Ministerio de Economía.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de bonos de participación en las ganancias y declaración de inconstitucionalidad del art. 4 del decreto 395/92.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda contra todos los actores que ingresaron después de la privatización, y que no tenían legitimación para solicitar los bonos, ya que estos sólo estaban destinados a quienes estaban en la empresa al momento de la privatización y habían sido beneficiarios del programa de propiedad participada. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 4 del decreto 395/92 por violar la ley 23.696 y los derechos constitucionales, y condenó solidariamente al Estado y a Telecom a pagar a Eduardo Terada una suma basada en el 0,50% de las utilidades netas de Telecom por ejercicios no prescriptos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 23.696 estableció un sistema de participación en las ganancias para los empleados que estaban en la empresa al momento de la privatización, y el programa de propiedad participada se dirigía exclusivamente a ese personal.
- Los empleados que ingresaron posteriormente no estaban legitimados para recibir bonos del programa, pues no integraban la nómina original ni la condición para participar en el mismo.
- La declaración de inconstitucionalidad del art. 4 del decreto 395/92 se fundamentó en que dicho dispositivo eximió a las empresas privatizadas de emitir bonos, en contravención a la normativa legal, vulnerando derechos constitucionales y la ley 23.696.
- El plazo de prescripción de los reclamos fue considerado de diez años, computado desde la exigibilidad de cada obligación, que se produce al cierre de cada ejercicio anual.
- La condena fue solidaria por responsabilidad del Estado, dado que la norma inconstitucional facilitó que Telecom no emitiera los bonos en perjuicio de los trabajadores.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: