BALDERRAMA, JUAN CARLOS c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia que reconoció la incapacidad psicofísica del 26,64% al actor y rechazó los agravios de la demandada, manteniendo el porcentaje de incapacidad y la fecha de inicio de intereses.
- Quién demanda: Juan Carlos Balderrama
¿A quién se demanda?
OMINT ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por incapacidad derivada de accidente laboral ocurrido el 10/07/2023, reconocimiento de la incapacidad psicofísica del 26,64%, interés y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que admitió la recurso de apelación del actor, manteniendo la valoración de la incapacidad y las fechas de intereses, rechazando los agravios de la demandada y del perito médico en cuanto a la metodología y causalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sala consideró que el dictamen pericial médico es coherente, fundamentado y basado en antecedentes clínicos, estudios complementarios y entrevistas, que justifican la incapacidad del 26,64%. Resaltó que la recepción de la denuncia por parte de la ART constituye un factor laboral y que el perito concluyó en forma concreta que las secuelas físicas están relacionadas con el accidente, en línea con lo dispuesto en el art. 6 LRT y el Baremo del decreto 659/96. En cuanto a la aplicación del método de capacidad restante, la sala sostuvo que el decreto no especifica su uso en casos de invalideces múltiples y que en este caso, el siniestro fue único, por lo que no era aplicable. Respecto a la fecha de inicio de intereses, la Sala confirmó que corresponde desde la primera manifestación invalidante, en línea con el art. 2 de la Ley 26.773 y el art. 11 de la Ley 27.348, rechazando la queja de la demandada. Finalmente, los honorarios y costas fueron ratificados, en línea con las normativas vigentes.
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