LEGUIZAMON, MAURO LEONEL c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia que condenó a la aseguradora por accidente laboral, ajustando los intereses y la actualización del capital conforme a la ley 24.557 y el decreto 669/2019, y confirmó la indemnización por incapacidad física y psíquica del trabajador.
- Actor: Mauro Leonel Leguizamón
- Demandado: Asociación Art S.A. (Aseguradora)
- Objeto de la demanda: Reclamo de prestaciones dinerarias por accidente laboral ocurrido el 28.10.2011, incluyendo incapacidad física y psíquica y actualización de la indemnización.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo sustancial, estableciendo la responsabilidad de la aseguradora, y ajustó los intereses y actualización del capital indemnizatorio según la normativa vigente (ley 24.557 y decreto 669/2019). Se rechazaron los agravios relacionados con la prescripción y la incapacidad psicológica, y se dispuso el pago de costas a la parte demandada.
- Fundamentos principales:
La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, determinando una minusvalía psicofísica del 13,56%, con un capital de condena de $92.171,26, que se actualizó conforme a los índices IPC y RIPTE, y con una tasa de interés del 3% anual, posteriormente modificada por la Cámara a una tasa pura del 6% anual desde la fecha del daño (18.01.2012) hasta la liquidación definitiva. La Cámara sostuvo que la prescripción no se configuró, dado que la acción fue interpuesta dentro del plazo legal, considerando la suspensión del plazo por trámite ante el SECLO. Respecto de la incapacidad psíquica, se confirmó que la misma guardaba relación causal con el accidente, atendiendo la prueba pericial. La actualización del capital se realizó conforme a las modificaciones del Decreto 669/2019, que fue considerado válido y aplicable como régimen de excepción a la prohibición de indexación en la ley 23.928, y que mejora las prestaciones. La Cámara también confirmó la imposición de costas a la aseguradora y reguló los honorarios de las partes.
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