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ROMERO, ALFREDO BENJAMIN c/ J W ENGRANAJES S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la responsabilidad solidaria de EL FIERRITO S.R.L. y GABRIELA MIRIAM WAISMAN por maniobras fraudulentas y conducción temeraria que condujeron a la insolvencia y vaciamiento del conjunto económico, solidariamente responsables por las obligaciones laborales del actor.

Apelacion Responsabilidad solidaria Vaciamiento patrimonial Responsabilidad societaria Desestimacion de personalidad juridica Responsabilidad personal Fraude laboral Maniobras fraudulentas Conjunto economico Conduccion temeraria


¿Quién es el actor?

Alfredo Benjamin Romero

¿A quién se demanda?

J W Engranajes S.R.L., EL FIERRITO S.R.L., Gabriela Miriam Waisman
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnización por despido y otros créditos laborales por un monto total de $900.495,11, además de intereses.
- Decisión del tribunal: La Cámara hizo lugar a la apelación en cuanto a la responsabilidad solidaria y confirmó la condena por maniobras fraudulentas, incluyendo la responsabilidad personal y solidaria de EL FIERRITO S.R.L. y la responsabilidad de Gabriela Miriam Waisman por actuar en un conjunto económico que encubrió fines ajenos y maniobras tendientes a vaciar capital y evadir obligaciones laborales. Se consideró acreditada la existencia de maniobras fraudulentas en la venta del inmueble y en la estructura societaria, que evidencian una conducta de conducción temeraria y abuso de la personalidad jurídica, lo que justifica la responsabilidad de las demandadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia fundamentó su decisión en que las maniobras de venta del inmueble y la estructura societaria configuran fraude laboral y un conjunto económico que encubre fines ilícitos. La responsabilidad solidaria se sostuvo en la existencia de maniobras tendientes a insolvencia y vaciamiento, y en la aplicación de las normas de responsabilidad por desestimación de la personalidad jurídica, en particular los artículos 14 y 31 de la Ley de Contrato de Trabajo y la ley 19.550, respectivamente. Se valoró la participación activa de Gabriela Waisman en el entramado societario y en la conducción temeraria, acreditándose un abuso de la personalidad jurídica que justifica la desestimación y la responsabilidad solidaria.

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