MALVIDELLI MARIA DE LOS ANGELES c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, declarando la inaplicabilidad del art. 9.2 de la ley 24.263 al beneficio jubilatorio de la actora y ordenando su pago sin deducción, en atención a que la vía de amparo resultó idónea y la normativa invocada no fue aplicada correctamente por la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora interpuso acción de amparo contra ANSES solicitando la inaplicabilidad del art. 9.2 de la ley 24.263 en su beneficio previsional, en virtud de que este artículo establece deducciones que afectarían su jubilación. La sentencia de grado hizo lugar a la demanda y dispuso que se pague el beneficio sin la deducción, además de la liquidación y restitución de las sumas descontadas, con intereses. La demandada apeló cuestionando la vía, la congruencia de la sentencia, la aplicación del fallo Actis Caporale en relación a la confiscatoriedad, y aspectos relacionados con impuestos y costas. La Cámara sostuvo que la acción de amparo es la vía adecuada, dado el carácter alimentario y de tutela constitucional del derecho, y afirmó que la norma invocada no resulta aplicable al caso, por no cumplirse los requisitos establecidos en el art. 9.2 de la ley 24.263. Además, remitiéndose a jurisprudencia de la Corte Suprema, confirmó que cuestiones tributarias y de plazo deben seguir los precedentes establecidos en “García Marta Susana c/ ANSES” y “García María Isabel c/ ANSeS”. En consecuencia, confirmó la sentencia en todos sus términos, con costas a la demandada y regulación de honorarios.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: