BLUEBERRIES SA (TF 30294-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción y la liquidación tributaria contra Blueberries SA por incumplimiento en reexportación de envases importados temporariamente. La sentencia ratificó la infracción del art. 970 del CA, rechazando los argumentos de fuerza mayor y eximente por fenómenos climáticos.
¿Quién es el actor?
Blueberries SA
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA), Poder Ejecutivo Nacional
- Objeto de la demanda: Recurso contra resolución aduanera y liquidación tributaria por incumplimiento en reexportación de envases importados temporariamente, sancionados por infracción del art. 970 del CA.
- Decisión del tribunal: La Sala confirmó la sanción y la liquidación tributaria, rechazando los agravios del actor por considerar que no se acreditaron circunstancias de fuerza mayor que eximan su responsabilidad. La sentencia sostuvo que la emergencia climática no fue planteada en sede administrativa y no configura causal de eximente. Además, ratificó las costas en el orden causado y la liquidación de honorarios, en línea con precedentes y normas aplicables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La emergencia agropecuaria declarada en la zona de los cultivos de arándanos, aun en la hipótesis de considerarse suficientemente acreditada, no exime su responsabilidad respecto de la importación temporaria de los envases de plástico ni cambia el rumbo del allanamiento formulado en sede aduanera, además de que resulta el producto de una reflexión tardía, pues estos argumentos no se introdujeron en oportunidad de contestar la vista en sede aduanera." "El incumplimiento de la obligación de reexportar en término, configura una infracción al art. 970 del CA, siendo procedente la sanción y la liquidación tributaria correspondiente." "No se probó que la operación pactada se hubiera tornado de imposible cumplimiento por circunstancias ajenas a riesgos de la actividad empresarial, por lo cual se ratifica la sanción."
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