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CANTEROS, JUAN SEBASTIAN Y OTROS c/ EN-M DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativo Federal en Sala II confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho de los actores a percibir diferencias en las compensaciones por cambio de destino, incluyendo los incrementos y suplementos dispuestos por el Decreto 1305/12, y rechazó los agravios del Estado respecto a la liquidación y el plazo de prescripción.

Recurso de apelacion Prescripcion Cargas procesales Cambio de destino Incremento salarial Reliquidacion Suplementos remunerativos Caracter bonificable Compensaciones militares Derechos del personal militar

¿Qué se resolvió en el fallo?

Los demandantes, coactores militares, reclamaron la reliquidación de compensaciones por cambio de destino, solicitando que se incluyera en el haber mensual del grado “Teniente General” los suplementos creados por el Decreto 1305/12 y sus modificatorios. La primera instancia hizo lugar a la demanda respecto de compensaciones percibidas desde 2018 hasta el 1/10/2020, considerando el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos, y la Sala confirmó dicha decisión, rechazando los agravios del Estado sobre la liquidación y la prescripción. La Sala recordó que los suplementos en cuestión comportan un aumento en la remuneración general del personal militar, y que su carácter remunerativo y bonificable implica su integración en la base de cálculo del haber mensual, por lo que corresponde reconocer las diferencias reclamadas. Además, se sostuvo que las compensaciones percibidas por sumas pagadas en concepto de cambio de destino, en los últimos cinco años, no están sujetas a prescripción, en atención a que su naturaleza es de pago único y a la antigüedad de las liquidaciones.

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