VOLKWAGEN ARGENTINA SA (TF 35681-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala III rechazó el recurso de apelación en contra de la sentencia que confirmó la multa por infracción al art. 954 del Código Aduanero, sosteniendo que la inexactitud en la declaración de valor FOB, derivada de la comparación con documentación complementaria, configura la infracción, y que los despachantes de aduana no acreditaron cumplimiento de obligaciones para su eximición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia confirmó la resolución que sancionó a Volkswagen Argentina S.A. y a los despachantes de aduana por declaración inexacta en la exportación. La Cámara analiza que la diferencia en la declaración de valor FOB se advertía del cotejo con la documentación complementaria, y que la exención prevista en el art. 959 del CA no se aplica, dado que la inexactitud no surge de la simple lectura de la declaración, sino de la comparación con documentos comerciales. La responsabilidad de los despachantes se confirma por no acreditar cumplimiento de sus obligaciones y por apartarse de la documentación obrante en autos. La Cámara resuelve rechazar los agravios y confirma la multa y la responsabilidad de los despachantes, con costas a la vencida. Se fija una multa de 74.376 pesos por honorarios, con posibilidad de actualización si acreditan condición de responsable inscripto en el IVA.
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