CORBALAN, JOSE LUIS c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia para que la condena sea afrontada por PREVENCION A.R.T. en su carácter de gerenciadora del Fondo de Reserva, incluyendo intereses, costas y honorarios, y elevó los honorarios del letrado de la parte actora a 10.115.136 pesos.
- Quién demanda: Jose Luis Corbalán
¿A quién se demanda?
A.R.T. Interacción S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de prestaciones dinerarias por accidente laboral, con omisión de condenar por el Fondo de Reserva.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia y dispuso que la condena sea afrontada por PREVENCION A.R.T. en su carácter de gerenciadora del Fondo de Reserva, incluyendo intereses, costas y honorarios. Además, elevó los honorarios del abogado del actor a 10.115.136 pesos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia original omitió condenar al Fondo de Reserva, administrado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, a responder por las prestaciones, intereses, costas y honorarios, conforme a lo establecido en el art. 34 de la ley 24.577. La Cámara recordó que la liquidación de la aseguradora ocurrió el 29/08/2016, antes de la entrada en vigencia del decreto 1022/2017, por lo que no resulta aplicable su normativa retroactivamente. A su vez, consideró que la responsabilidad del Fondo de Reserva comprende la obligación de responder por intereses y costas en este caso, y que los honorarios deben ajustarse a las pautas arancelarias vigentes.
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