ZAMORANO, ALEJANDRA PIA c/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda por despido, considerando que el acuerdo de desvinculación fue válido y voluntario. La decisión se fundamenta en la inexistencia de vicios en el consentimiento y en la validez del acuerdo formalizado ante escribano.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La trabajadora, Alejandra Pía Zamorano, demandó por despido encubierto alegando coacción y vicio en su consentimiento al firmar un acuerdo de mutuo acuerdo con el banco, reclamando indemnizaciones, horas extras, bono y daño moral. La demandada negó presiones, afirmó que el acuerdo fue voluntario y formalizado ante escribano, y rechazó las demás reclamaciones. La sentencia de primera instancia declaró la nulidad del acuerdo por vicio en el consentimiento, condenando al banco al pago de más de 7.658.282,84 pesos, incluyendo indemnizaciones, horas extras y multas, además de ordenar el pago de honorarios. La Cámara revoca dicha sentencia, considerando que las alegaciones de coacción no fueron probadas, que el acuerdo fue celebrado en presencia de un escribano y sin vicios en el consentimiento, y que las testigos aportadas no acreditaron las circunstancias de presión o amenazas. Igualmente, se rechaza la pretensión por horas extras, por no haberse acreditado la existencia de trabajo en exceso de la jornada legal, y se confirma que la terminación del vínculo fue mediante acuerdo válido y voluntario, por lo que las multas y condenas adicionales son improcedentes. Costas de ambas instancias por su orden y regulación de honorarios conforme a los porcentajes fijados.
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