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VALIENTE, ANTONIO TOMAS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la resolución que declaró la incapacidad del actor por invalidez, tras revocar el dictamen de la Comisión Médica Central y valorar la pericia médica forense que determinó un porcentaje de incapacidad del 68,73%. La sentencia fundamenta que el informe pericial es técnico, objetivo y cumple con los requisitos legales, y que las objeciones del organismo actuante carecen de respaldo científico y técnico suficiente para invalidar dicho dictamen.

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- Quién demanda: Antonio Tomás Valiente

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Derecho a la jubilación por invalidez según el art. 48 de la ley 24.241

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y declaró la incapacidad del solicitante en los términos del art. 48 de la ley 24.241, estableciendo que el informe pericial reúne los requisitos de una correcta peritación médica y que las observaciones del organismo demandado no logran conmover sus conclusiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señala que el informe del Cuerpo Médico Forense es un asesoramiento técnico, imparcial y fundamentado, que la oposición del organismo demandado no presenta fundamentos científicos o técnicos sólidos para descalificar la pericia. Además, se destaca que el informe médico determina un porcentaje de incapacidad que supera el umbral legal requerido, y que la jurisprudencia señala que los informes periciales médicos constituyen prueba suficiente. La sentencia cita: "El informe que producen los profesionales consultados constituye el asesoramiento técnico de personas especializadas cuya imparcialidad y corrección están aseguradas". También indica que la valoración de la incapacidad en un 68,73% cumple con los requisitos del art. 48 de la ley 24.241, y que la resolución es ajustada a derecho.

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