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BRAVO, ALEJANDRO ABELARDO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la decisión de la Comisión Médica Central y reconoce la incapacidad del solicitante para obtener la jubilación por invalidez, fundamentando que el informe médico forense es técnico, objetivo y no fue debidamente desvirtuado por las manifestaciones de la parte administrativa.

Recurso de apelacion Pericia medica Incapacidad laboral Decision judicial Jubilacion por invalidez Informe medico forense Camara federal de la seguridad social Ley 24.241 Art. 48 ley 24.241 Revision de comision medica.


¿Quién es el actor?

Alejandro Abelardo Bravo

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reclamo de jubilación por invalidez (art. 48 Ley 24.241)
- Decisión del tribunal: La Cámara revoca el dictamen de la Comisión Médica Central, declara la incapacidad del actor en los términos del art. 48 de la Ley 24.241, y ordena el cumplimiento de la sentencia en 30 días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara considera que el informe del Cuerpo Médico Forense, que determina una incapacidad del 67,13% por afección del miembro inferior izquierdo y desarrollo neurótico, cumple con los requisitos técnicos, científicos y legales, y que las manifestaciones de la Administración no logran desvirtuar sus conclusiones mediante argumentos científicos o técnicos. Además, se resalta que el informe constituye un asesoramiento técnico imparcial, y que la valoración de la incapacidad cumple con los requisitos del art. 48 de la ley 24.241. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia y en la valoración del informe pericial.

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