SANTA CRUZ NUÑEZ CHRISTIAN ARIEL C/ MONZON CARLOS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que condenó a los demandados por daños derivados de un accidente de tránsito, validando los montos de indemnización y rechazando los agravios por discrepancias en las sums de incapacidad, daño psicológico, moral y gastos; además, declaró abstracto el límite de cobertura por falta de liquidación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Christian Ariel Santa Cruz Nuñez, demanda a los demandados Andrea Verónica Villalba y Carlos Monzón por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido en la Provincia de Buenos Aires, reclamando una suma de $46.716.000 en concepto de daños materiales, físicos y morales. La sentencia de primera instancia, dictada el 26/12/2024, hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados a pagar la suma mencionada, más intereses.
Las partes interponen recursos de apelación, señalando que la sentencia omitió pronunciarse sobre el límite de cobertura y cuestionando las sumas otorgadas en concepto de incapacidad sobreviniente, daño psicológico, daño moral y gastos de farmacia y traslados. La Cámara analiza los agravios y confirma los montos, justificando que la incapacidad del 27% fue correctamente determinada por el perito, y que los montos por daño psicológico y moral están en línea con precedentes similares. Respecto a los gastos en farmacia y traslados, señala que, aunque la prueba puede ser dificultosa, los montos deben mantenerse en línea con la reparación integral. En cuanto al límite de cobertura, la Cámara declara que resulta abstracto discutirlo en esta instancia por falta de liquidación previa.
Fundamentos principales:
"En las críticas realizadas por la recurrente se advierte su discrepancia con la fórmula establecida por la pericia para establecer el porcentaje de incapacidad, procurando un índice diferente, sin perjuicio de ello no encuentro suficiente fundamentación para apartarme de las conclusiones del perito, y en consecuencia, corresponde su confirmación (art. 474 del CPCC)."
"Que la suma fijada se adecua a las que se han establecido por esta Sala en supuestos similares y devienen de la pericia de la cual no encuentro motivo para apartarme."
"Sobre el particular, señala el recurrente que no existe prueba alguna de esas erogaciones. La aplicación a este tipo de pleitos -daños producidos por un accidente de tránsito
- del concepto de reparación integral, basado en principios de justicia y equidad, hace que el resarcimiento que se persigue deba incluir gastos de asistencia y farmacia, y también que a su respecto existen ocasiones donde la prueba es dificultosa a pesar que la realidad de las erogaciones resulta incuestionable."
"Finalmente, en cuanto al límite de cobertura traído por la parte actora sobre el particular debe decirse que expedirse en esta instancia sobre el límite de cobertura resulta abstracto en tanto la parte no ha realizado
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