G., V. C/ UNIDAD DE CIRUGIA PLASTICA SAN ISIDRO S.A. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La Cámara de San Isidro confirmó la condena a los demandados por daños y perjuicios derivados de mala praxis en procedimiento estético. La sentencia de primera instancia fue considerada justa y proporcional, rechazando agravios relacionados con la indemnización y los intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Victoria Grosso demandó a Unidad de Cirugía Plástica San Isidro S.A. y Georgina Pedrazzini por daños y perjuicios ocasionados por mala praxis en un procedimiento de depilación definitiva realizado el 21-7-2011. La sentencia de primera instancia, del 20-11-2024, condenó a los demandados a abonar 8.000.000 pesos, sin intereses, y les impuso las costas. La actora apeló, cuestionando la cuantía de la indemnización por incapacidad sobreviniente y daño moral, así como la falta de aplicación de una tasa de interés pura. La Cámara analizó los agravios y concluyó que la sentencia fue justa y proporcional, considerando la evidencia pericial, la valoración del daño, la edad, la incapacidad y los parámetros económicos vigentes en el momento de la sentencia. En materia de intereses, se sostuvo que no correspondía aplicar intereses desde el hecho debido a que no fueron reclamados en la demanda, y que la tasa fijada era adecuada. La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos, con costas a la parte actora.
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