VERDUD JUAN CARLOS C/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La sentencia condena a la demandada a pagar una indemnización por incapacidad laboral permanente y declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19, además de rechazar el planteo de inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 24.557 y otras normas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en un proceso laboral por accidente de trabajo. La parte actora, Juan Carlos Verdud, demanda a Productores de Frutas Argentinas S.A. reclamando indemnización por la incapacidad permanente derivada de un accidente ocurrido el 15/11/2020, en el que sufrió un síndrome meniscal izquierdo y una reacción neurótica, que le generan una incapacidad total y permanente del 17,35%. La demandada reconoce la relación laboral y el siniestro, pero niega la relación de causalidad y la incapacidad. La prueba pericial médica y psicológica acreditan la incapacidad parcial y permanente, así como la relación causal con el accidente. El tribunal valora la normativa vigente al momento del conocimiento de la incapacidad (Ley 24.557 y modificatorias) y rechaza el planteo de inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, por no haberse cuestionado oportunamente. Además, declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por exceder facultades del Poder Ejecutivo en materia legislativa, en virtud de la doctrina constitucional de la SCBA. Se determina una indemnización por incapacidad permanente del $1.387.560,34, más intereses desde el 15/11/2020 y la suma adicional por pago único del 20%, totalizando $5.706.597,67. La condena incluye el pago de honorarios a los profesionales intervinientes, costas y regularización de depósitos en cuenta sueldo. Fundamentos principales: "En virtud de la prueba pericial médica presentada... tengo por acreditado que el accionante padece síndrome meniscal izquierdo y signos objetivos que lo incapacitan parcialmente en un 13% y que guarda relación causal con el hecho...". "El informe pericial psicológico... también vincula la reacción neurótica con el hecho, incapacitando en un 5%...". "El ingreso mensual base del actor es de $65.835,77, y la incapacidad total es del 17,35%, por lo que la indemnización asciende a $1.387.560,34, más la indemnización adicional del 20%". "Respecto a la constitucionalidad del DNU 669/19, su impugnación es rechazada por inoperancia procesal, y se declara su inconstitucionalidad por exceso de facultades del Ejecutivo". "Las costas del proceso se imponen a la demandada vencida". "Se regula honor
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