GIRON URIEL MARCELO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
Tribunal del Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora resuelve confirmar la sentencia que condena a la aseguradora a abonar la indemnización por incapacidad permanente parcial y otros conceptos en favor del actor, rechazando planteos de inconstitucionalidad y declarando la constitucionalidad de las normas aplicadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, URIEL MARCELO GIRON, demanda a EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. por la contingencia ocurrida el 01/04/2019 durante tareas habituales, reclamando indemnización por incapacidad permanente parcial y otros conceptos. La demandada reconoce la prestación en especie y la existencia del accidente, pero niega la relación laboral y la incapacidad alegada. La prueba pericial médica concluye que el actor padece Hernia de Disco Lumbar con Lumbociatalgia, con un porcentaje de incapacidad parcial y permanente del 5,02%. La prueba pericial psicológica indica ausencia de daño psiquico causal. La prueba contable estima un ingreso mensual de $118.587,60. La sentencia destaca que la relación laboral y el accidente están acreditados por la contestación de la demanda y la prueba producida, y que la contingencia ocurrió en el ejercicio de tareas habituales. El tribunal aplica la legislación vigente al momento del conocimiento de la incapacidad, en particular la Ley 24.557 y sus modificaciones, y rechaza los planteos de inconstitucionalidad respecto a normas y decretos, salvo el DNU 669/19, que declara inconstitucional por exceder facultades. La indemnización por incapacidad se calcula en $628.504,22, más intereses desde el 01/04/2019, sumando en total $3.061.693,57. Además, se ordena el depósito de las sumas en cuenta sueldo del trabajador y la comunicación a la ART y a los profesionales intervinientes. Se imponen las costas a la parte vencida y se regulan honorarios en las sumas indicadas, con expresa mención a los derechos y obligaciones procesales. El tribunal también declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 respecto a la modificación de tasas de interés, y rechaza los planteos de inconstitucionalidad de otras normas por falta de oportuna defensa o por no ser aplicables al caso. El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada no prospera y la sentencia se confirma en todos sus términos.
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