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ARMIDA CARLOS RUBEN C/ BOEING S.A.C.E.I. Y OTROS S/ DESPIDO

La Cámara de Trabajo de Lomas de Zamora declaró la caducidad de instancia en un proceso por despido, confirmando la decisión de decretar la caducidad por incumplimiento de las partes a activar el procedimiento tras intimación previa, en cumplimiento del art. 11 de la ley 15.057. La resolución se basa en el cumplimiento de requisitos legales y doctrina de la SCBA que validan la caducidad en estos casos.

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- Quién demanda: Armida Carlos Ruben

¿A quién se demanda?

Boeing S.A.C.E.I. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de caducidad de instancia en proceso por despido

¿Qué se resolvió?

Se declaró la caducidad de instancia en los términos del art. 11 de la ley 15.057, imponiendo costas a la parte actora y regulando honorarios profesionales. La decisión se fundamenta en que las partes incumplieron la intimación previa a activar el procedimiento, y en la doctrina de la SCBA que establece la necesidad de intimación previa bajo apercibimiento de caducidad. La sentencia cita que "los plazos previstos por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en la causa, con posterioridad a la última actuación útil formulada en fecha 13/09/2024 y que no media en autos un deber específico del Tribunal de efectuar algún acto procesal". Además, se refiere a la jurisprudencia consolidada que valida la caducidad en estos supuestos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dicha intimación se encuentra debidamente notificada según surge de las constancias de autos de fecha 13/09/2024, incumpliendo ambas partes con la intimación cursada. Del análisis del caso, surge que los plazos previstos por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en la causa, con posterioridad a la última actuación útil formulada en fecha 13/09/2024 y que no media en autos un deber específico del Tribunal de efectuar algún acto procesal; todo ello hace aplicable al caso, el instituto de la caducidad de instancia establecido por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057". La doctrina aplicable y la jurisprudencia citada robustecen el fundamento de la decisión.
- La resolución también regula honorarios, costas, y otras formalidades procesales, estableciendo la firmeza de la misma y los pasos a seguir para las partes.

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