GOMEZ VANESA JESUS C/ SANCHES ALVARO EMILIO S/ DESPIDO
Declaran la caducidad de la instancia en un proceso laboral por incumplimiento del plazo para activar el procedimiento. La Cámara sostuvo que la intimación previa y el cumplimiento de plazos son requisitos esenciales para la validez de la caducidad, y que se cumplen en este caso, confirmando la decisión de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Gómez Vanesa Jesús, demandó a Sanches Alvaro Emilio por despido. La Cámara declaró la caducidad de la instancia por incumplimiento del plazo establecido en el art. 11 de la ley 15.057 para activar el procedimiento, tras intimación notificada el 13/09/2024 y la última actuación el 17/09/2024. Los fundamentos principales indican que la Ley 15.057 exige una intimación previa y el cumplimiento de los plazos para decretar la caducidad, doctrina validada por la SCBA en autos "Olivieri". La sentencia concluye que "los plazos previstos por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en la causa" y que "todo ello hace aplicable al caso, el instituto de la caducidad de instancia". La resolución también impone costas a la parte actora y regula honorarios profesionales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: