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LOPEZ MARTA NOEMI C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS. AS. Y OTRO/A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Sentencia que condena a la Provincia de Buenos Aires a abonar indemnización por incapacidad laboral tras accidente in itinere. La Cámara rechazó la inconstitucionalidad de normas aplicadas y afirmó la legitimidad del contrato de autoaseguramiento provincial, confirmando la responsabilidad y estableciendo el monto indemnizatorio de $504.817,43, con intereses.

Indemnizacion Incapacidad permanente Accidente de trabajo Inconstitucionalidad In itinere Legislacion laboral Ley 27.348 Ley 24.557 Ley 26.773 Responsabilidad provincial

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Marta Noemi Lopez, demanda contra la Provincia de Buenos Aires y la ART Provincia A.R.T. S.A. reclamando indemnización por incapacidad permanente derivada de un accidente laboral ocurrido el 02/05/18, en el cual fue embestida por un vehículo mientras se dirigía a trabajar. La demandada Provincia de Buenos Aires argumentó la existencia de un contrato de autoaseguramiento y negó la relación laboral y la contingencia, planteando la excepción de falta de legitimación pasiva. La prueba pericial médica y psicológica acreditó una incapacidad física del 12% y psicológica del 8%, compatibilizando con la relación causal. La causa se resolvió en favor de la actora, rechazando las excepciones de inconstitucionalidad y legitimación pasiva, y condenando a la Provincia al pago de $504.817,43 por incapacidad, además de intereses desde el 02/05/18 hasta el 07/07/25. La sentencia declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por exceder facultades legislativas del Poder Ejecutivo, y rechazó la inconstitucionalidad de otras normas invocadas por las partes. Se regularon honorarios a favor de la letrada de la actora en $300.000, con regulación específica respecto a los honorarios de los peritos, y se dispuso la comunicación de desvinculación de los mismos. Además, se ordenó la apertura de una cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires para cumplimiento de la sentencia, y se eximió al Gobierno provincial de la tasa de justicia. Las costas del proceso se impusieron a la Provincia de Buenos Aires. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad del art. 11 del art. 12 de la Ley 24.557 en relación a la tasa de interés y del DNU 669/19 en cuanto a la modificación de tasas, por exceder facultades del Poder Ejecutivo. La resolución se fundamentó en la normativa vigente, doctrina constitucional y precedentes judiciales, y en la prueba producida en autos.

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