SERVIAN MATIAS EZEQUIEL C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en causa por accidente de trabajo. La decisión se basa en que la conciliación no vulnera el orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses, homologando además el acuerdo y rechazando la eximición de pago solicitada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Matías Ezequiel Servian, demanda a la aseguradora de riesgos del trabajo, EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A, en relación con un accidente de trabajo. La resolución homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes, considerando que no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición. La homologación se realizó conforme a los arts. 30 Ley 15.057 y 15 Ley 20.744, y se rechazó la eximición de pago solicitada, ordenándose al demandado que integre el sellado correspondiente a la tasa de justicia, por un monto de $242.000. Además, se impusieron costas a la demandada, y se reguló el pago de honorarios profesionales en base a la naturaleza y extensión del trabajo realizado, incluyendo las sumas correspondientes a los peritos intervinientes. Se establecieron diversas instrucciones para la comunicación de pagos, depósitos judiciales y acreditaciones, además de la desvinculación de los peritos y notificaciones a las partes y profesionales intervinientes. Fundamentos principales: El tribunal consideró que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y que la misma constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión. Se destacó que la homologación está respaldada en los artículos 15 de la Ley 20.744 y 30 de la Ley 15.057, señalando que la resolución cumple con los requisitos legales y que la decisión no vulnera principios constitucionales o legales relevantes. Asimismo, se rechazó la eximición de pago solicitada, y se ordenó el cumplimiento de las obligaciones económicas y procesales, incluyendo el pago de honorarios y aportes previsionales, en un marco de legalidad y equidad.
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