CERUTI PEDRO FRANCISCO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El Tribunal de Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora homologó un acuerdo conciliatorio en causa por enfermedad profesional. La decisión se fundamentó en que la conciliación no vulnera orden público y constituye una justa composición de derechos, conforme a la legislación laboral y la ley 20.744.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pedro Francisco Ceruti, demanda contra la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. por una enfermedad profesional. El tribunal consideró que el acuerdo conciliatorio alcanzado por las partes no vulnera principios de orden público y es una justa composición de derechos e intereses. La homologación se fundamenta en que la conciliación cumple con los requisitos de legalidad y justicia, y que no existe vulneración de orden público. La resolución destaca que la homologación del acuerdo implica la aceptación de las partes de los términos pactados, y que la misma contribuye a una resolución efectiva del conflicto laboral. Los jueces Rivolta, Larequi y Budnik coincidieron en que el acuerdo debe ser homologado, señalando que la voluntad de las partes fue libre y consciente. Además, se establecieron diversas instrucciones respecto a la tasa de justicia, honorarios, aportes previsionales y medidas de depósito, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la resolución y el correcto trámite del proceso.
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