PAGLINO ANA MAILÉN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Tribunal del Trabajo Nº 2 de San Nicolás de los Arroyos dictó sentencia favorable a la abogada en reclamo de honorarios profesionales derivados de la actuación en expediente administrativo, confirmando la regulación y orden de pago por parte de la demandada. La decisión se fundamenta en la obligatoriedad de intervención del abogado en la etapa administrativa y en las disposiciones de la ley 14.967, estableciendo que los honorarios deben ser fijados en quince jus arancelarios más adicionales, a cargo de la aseguradora. Además, se impusieron costas a la demandada y se intimó a su pago en los términos señalados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Dra. ANA MAILEN PAGLINO demandó a "FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU" para que se regulen sus honorarios por su intervención en el expediente administrativo SRT N° 339083/24, en el cual se dictaminó aceptar la contingencia como enfermedad profesional a favor de la Sra. Sandra Ortiz, con el otorgamiento de prestaciones en especie. La demanda se fundamenta en que la ley 27.348 y la resolución 298/17 de la SRT obligan a la intervención de un abogado patrocinante y establecen que sus honorarios, devengados en actuaciones administrativas, son de cargo de la aseguradora. La sentencia resuelve que corresponde hacer lugar a la demanda y regular los honorarios en quince jus arancelarios más adicionales, además de imponer las costas a la demandada. La jueza destaca que la intervención del letrado fue necesaria y que, según la normativa vigente, los honorarios deben ser abonados por la aseguradora, a partir de la valoración del mérito y la calidad jurídica del trabajo realizado. La decisión también incluye la intimación a la aseguradora para que efectúe el pago dentro de los cinco días y la apertura de una cuenta bancaria para el pago de honorarios y tasas de justicia, en cumplimiento de las disposiciones procesales y fiscales aplicables.
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