ERMANTRAUT YESICA MARISOL C/ PROVINCIA ART SA S/ INDEMNIZACION POR MUERTE (ART. 248 L.C.T.)
La sentencia declaró la incompetencia del tribunal de Trenque Lauquen para conocer la causa por falta de competencia territorial y la remitió a Bahía Blanca. La decisión se fundamenta en que el domicilio del lugar del accidente no corresponde a la jurisdicción del tribunal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Yesica Marisol ERMANTRAUT, en representación de su hijo menor Pedro FERNANDEZ, promovió demanda laboral por la muerte de Darío Esteban FERNANDEZ, ocurrida en la Estancia "La Tigra" el 29/07/2023, mientras trabajaba en categoría tractorista para la empleadora Estancia y Cabaña La Centella S.A. La demanda fue presentada en el tribunal de Trenque Lauquen, pero este declaró su incompetencia por no corresponderle la competencia territorial, remitiendo las actuaciones a Bahía Blanca. La jueza fundamenta que el art. 3 de la Ley de Procedimiento Laboral de la Provincia de Buenos Aires permite que la demanda se inicie en el lugar del domicilio del demandado, del lugar de prestación del trabajo o del lugar de celebración del contrato. En este caso, el domicilio del lugar del siniestro no corresponde a la jurisdicción del tribunal. La sentencia señala: "la competencia territorial de la Justicia Provincial del Trabajo es improrrogable" y que "corresponde declarar la incompetencia del Tribunal para entender en los presentes actuados y remitir la presente causa a la Receptoría General de Expedientes del Departamento Judicial de Bahía Blanca". Los jueces adhieren a los fundamentos y terminan el acuerdo en la misma línea.
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