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FLORES LEANDRO AGUSTIN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El tribunal homologó la transacción que dio fin al juicio laboral, confirmando la validez y legalidad del acuerdo entre las partes. La homologación se fundamentó en la capacidad, voluntad libre y ausencia de ilegalidades en el acto, además de la conformidad de las partes con las condiciones pactadas.

Costas Honorarios profesionales Acuerdo judicial Legislacion laboral Ley 14.967 Ley 15.057 Terminacion de juicio laboral Homologacion de transaccion Capacidad y voluntad de las partes Jurisdiccion del tribunal del trabajo de dolores

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Leandro Agustín Flores, demandó a Federación Patronal Seguros SAU, solicitando la homologación de un acuerdo transaccional para terminar el proceso judicial. El tribunal consideró que la transacción fue celebrada por partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad y sin objeto de nulidad ni contrariedad a leyes de orden público, citando jurisprudencia y legislación aplicable. El tribunal afirmó que la homologación es la confirmación judicial que hace la transacción más "firmes" y "ejecutivas", y, en consecuencia, decidió homologar la transacción en los términos y condiciones pactados, con excepción de lo referido a costas. Las costas serán soportadas por la demandada, Federación Patronal Seguros SAU. Además, se regularon los honorarios de los abogados en función de la etapa y tareas realizadas, y se ordenó el registro, liquidación y notificación de la resolución. La decisión fue unánime y basada en la valoración de la capacidad, la voluntad y la legalidad del acuerdo, junto con la conformidad de las partes.

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