SOUZA JUAN MARTIN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
Tribunal del Trabajo N° 1 del Departamento Judicial Dolores resolvió regular honorarios profesionales en un expediente administrativo, estableciendo que la Provincia de Buenos Aires deberá abonar 7 jus a Juan Martin Souza por su actuación en un trámite médico, sin costas, y notificando electrónicamente la resolución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Juan Martin Souza, demandó a la Provincia de Buenos Aires en relación a honorarios derivados de su actuación en un expediente administrativo ante la Comisión Médica N° 122 de Pinamar. El tribunal, tras evaluar la normativa aplicable (art. 44 inc. "b" de la ley 14.967 y art. 22 de la ley 14.9677), resolvió regular los honorarios en la suma de 7 jus, sin costas por falta de contradicción, y ordenó su pago a cargo de la demandada dentro de los diez días de notificación. La decisión se fundamenta en que la regulación de honorarios debe ajustarse a los parámetros establecidos en la legislación vigente, considerando además que la notificación se realiza por medios electrónicos, en cumplimiento con la normativa. La resolución también cita los artículos pertinentes de la ley 14.967 y la ley 15.057, resaltando la validez de la notificación electrónica y la obligación de pago en los plazos establecidos. La resolución finaliza notificando a las partes y a la Receptoría General de Expedientes.
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