ACOSTA SANDRA BENITA C/ MACHADO ESTHER ANTONIA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación de acuerdo extrajudicial en proceso laboral en Bahía Blanca. El tribunal confirmó la validez del acuerdo por $735.000, considerando que no vulnera principios de orden público y que cumple con las pautas legales, homologándolo con costas a cargo de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demandante Sandra Benita Acosta demanda a Esther Antonia Machado en un proceso laboral.
- Se celebra un acuerdo entre las partes por la suma de $735.000 en el marco de una homologación judicial.
- La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Bahía Blanca, tras análisis, considera que el acuerdo no vulnera principios de orden público y que la conciliación es un modo válido de terminar el proceso (art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y art. 30 de la ley del fuero).
- La Cámara decide homologar el acuerdo, estableciendo que el mismo se ajusta a derecho y que cumple con las pautas respecto al monto y forma de pago.
- Se fija además la regulación de honorarios profesionales y la apertura de una cuenta judicial, con costas a cargo de la demandada.
- La decisión se fundamenta en que "el acuerdo celebrado entre las partes, no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT."
- Asimismo, se destaca que "la homologación producirá los efectos de cosa juzgada" (art. 30 Ley del Fuero).
- La resolución concluye que "se ajusta a derecho el acuerdo celebrado entre las partes" y que "corresponde homologar el convenio arribado".
- La sentencia también regula honorarios y apertura de cuenta judicial, además de emitir las instrucciones correspondientes para notificación y cumplimiento.
- La argumentación central del tribunal se basa en que "el acuerdo no vulnera principios de orden público" y "constituye una justa composición de derechos e intereses".
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