PERRET MARIANGEL C/ AUTOASEGURADORA GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios de la letrada en proceso administrativo ante la Comisión Médica Jurisdiccional N° 14 de Junín, confirmando el monto y la forma de regulación, y estableciendo las costas a cargo de la demandada. La decisión se basa en la normativa vigente y la naturaleza administrativa del procedimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Dra. Mariangel Perret, actúa en representación de la trabajadora Yanina Nora Alejandra Barreto, en un proceso administrativo ante la Comisión Médica N° 14 de Junín, por la determinación de incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Comisión emitió dictamen el 19/12/2024, y la trabajadora, patrocinada por Perret, firmó un acuerdo con la empleadora autoasegurada, homologado el 16/01/2025, por la suma de 15.151.037,28 pesos. La Fiscalía de Estado contestó la demanda señalando que la actuación no fue ante órgano jurisdiccional, por lo que los honorarios deben regularse conforme a la normativa administrativa. El tribunal, tras analizar la legislación aplicable (Ley 27.348, Ley 14.967, Ley 24.557 y otras), concluyó que la actuación fue ante un órgano administrativo y que los honorarios deben fijarse en el 25% del monto conciliado, equivalente a 21,51 jus arancelarios, sobre la base del valor del jus arancelario correspondiente a noviembre de 2024 (35.212 pesos). Se impusieron costas a la demandada, y se regularon los honorarios en 7 jus arancelarios, más IVA, en consonancia con la normativa vigente. La sentencia hace lugar a la demanda y regula los honorarios en los términos indicados, confirmando la decisión en segunda instancia.
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