HULMIC SA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Cámara de Quilmes rechazó liminarmente el beneficio de litigar sin gastos solicitado por la parte actora en un proceso judicial, argumentando que la actividad del actor evidencia capacidad económica suficiente para afrontar los costos del proceso.
Actor: Mariano Caizza en representación de HULMIC SA Demandado: Sin especificar, en el contexto del proceso, HULMIC SA es la parte demandada Objeto: Solicitud del beneficio de litigar sin gastos para acceder a la justicia sin afrontar costos procesales Decisión: Se rechazó la solicitud de litigar sin gastos en forma liminar, considerando que la actividad económica del actor demuestra capacidad para afrontar los gastos del proceso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la solicitud formulada con el fin de obtener el beneficio de litigar sin gastos debe contener la clara indicación de los hechos en que se funda. Lo que implica un detalle de los requisitos que contenga dicha solicitud, mención de los hechos que determinan la carencia de recursos, la imposibilidad de obtenerlos y la necesidad de formular el reclamo (artículos 78 y 79, CPCC; CCCSM, Sala II, causa N° 50,091 del 25/10/2001; CCCQL, Sala I, causa N° 16,565 del 30/6/2015). Que la carencia de ellos habilita a disponer su liminar desestimación. La Suprema Corte provincial ha decidido que, si del escrito de presentación no resulta la manifestación necesaria de los hechos requeridos por la ley, corresponde su rechazo (SCBA, B 53,840 del 19/10/1993). Que con la descripción de los hechos relatados en el escrito de inicio no se abastecen las formas que dispone el código de rito, situación esta que habilita su rechazo liminar, sin perjuicio de los argumentos que se desarrollan a continuación. Que la actora ha iniciado múltiples juicios ejecutivos por la reclamación de pagarés, actividad que requiere de una estructura financiera robusta. La actividad de la actora, una sociedad anónima dedicada a servicios de créditos, muestra capacidad económica suficiente y riesgo asumido en su actividad, lo cual desvirtúa la necesidad del beneficio en este caso específico."
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