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HULMIC SA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La Cámara de Quilmes confirma el rechazo del beneficio de litigar sin gastos solicitado por la parte actora, basado en la actividad financiera y la solvencia económica del actor, que evidencian que no se configura la carencia de recursos requerida por la ley.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, a través de su apoderado Mariano Caizza, solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el expediente HULMIC SA c/ otra. La Cámara rechazó liminarmente la petición por considerar que la actividad financiera del actor y la evidencia de sus recursos económicos demuestran que no existe la imposibilidad de afrontar los gastos del proceso, condición necesaria para acceder a dicho beneficio. La sentencia destaca que la finalidad del beneficio es proteger a quienes no pueden acceder a la justicia por insuficiencia de recursos económicos, y no a quienes, aunque tengan dificultades de liquidez, desarrollan actividades empresariales que les permiten hacer frente a los costos judiciales. Se concluye que la actividad comercial y financiera de la actora, basada en pagarés y riesgos asumidos en su actividad, evidencia que no se encuentra en imposibilidad de afrontar los gastos del proceso. La decisión se fundamenta en que el beneficio no debe ser utilizado por quienes, pese a no tener recursos líquidos, cuentan con un patrimonio y una estructura que les permite pagar los gastos judiciales.

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