VAZQUEZ SARA MARGARITA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia mantiene la restricción de la capacidad jurídica de Sara Margarita Vázquez debido a su trastorno del desarrollo intelectual y epilepsia, pero permite que no se limite su capacidad en actos relacionados con su consentimiento informado, derechos personalísimos y participación política, siempre con asistencia de su persona de apoyo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza evaluó la situación actual de Sara Margarita Vázquez, quien padece trastorno del desarrollo intelectual asociado a epilepsia, y concluyó que su diagnóstico no ha evolucionado, manteniendo la restricción de su capacidad para realizar actos de administración simple, compleja y de disposición, dada la potencial afectación a su integridad y patrimonio. No obstante, consideró que su autonomía en decisiones relacionadas con su consentimiento informado, derechos personalísimos, políticos y modificación de estado civil, debe preservarse, siempre con la asistencia de su persona de apoyo, en este caso la Curadora Oficial Natalia Fernanda Vecchioli. La sentencia destaca que "cada una de las peritas intervinientes dentro del campo de sus incumbencias, dan cuenta de la existencia del mismo diagnóstico que sigue afectando la salud mental de la causante: trastorno del desarrollo intelectual asociado a epilepsia" y que "su diagnóstico no ha evolucionado; más allá que se desempeña con independencia, necesita la supervisión de terceros para deambular por la vía pública, careciendo de plena aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes". La jueza también afirma que "el sistema de apoyo se mantendrá por el plazo de tres (3) años, lapso durante el cuál se volverá a entrevistar a la causante y realizar un nuevo examen multidisciplinario". Se autoriza a la persona de apoyo a gestionar haberes previsionales y/o asistenciales, y se ordena que la restricción de capacidad no se extienda a actos de participación en decisiones que afecten su vida personal, política o derechos civiles, preservando su autonomía en estos aspectos. Fundamentos principales: La decisión se fundamenta en la evaluación interdisciplinaria que confirma la persistencia del diagnóstico de la causante, en la necesidad de mantener limitada su capacidad para actos que puedan comprometer su integridad o patrimonio, y en la importancia de respetar su autonomía en decisiones que no impliquen riesgos graves. La jueza también respeta las recomendaciones de la curadora y las expertas, ponderando la evolución de la causante y su participación social y artística.
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