GIMENEZ MIGUEL RAMON S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la inscripción de la declaratoria de herederos en autos por sucesión ab intestato en relación a un bien inmueble, y regula honorarios profesionales a los abogados patrocinantes. La resolución se centra en la formalización registral y en la regulación de honorarios conforme a las leyes aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La resolución ordena la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en autos, en relación al bien del que da cuenta el certificado de dominio, matriculado en la provincia de Buenos Aires. Se dispone que el actuario expida la documentación necesaria para tal fin, sin que en el fragmento se indique una decisión sobre la validez o impugnación del trámite. La regulación de honorarios profesionales se realiza en base a una valoración fiscal de $10.184.783,50, correspondiendo a la primera etapa a la Dra. María Agustina Piñeiro y a las etapas subsiguientes al Dr. Benjamín Horacio Sorá, ambos en representación de la masa hercera. La resolución también aclara que se toman como base los valores y requisitos de la ley 14.967 y la ley 6716, y que se consideran abonadas la tasa de justicia y la transmisión gratuita de bienes. Fundamentos principales: "En atención a lo pedido y conforme al estado de autos, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en autos con relación al bien del que da cuenta el certificado de dominio acompañado en formato PDF: Matrícula nro. 111.399 LP." La decisión se fundamenta en la existencia de la declaración de herederos y en la documentación probatoria presentada, sin expresar objeciones o recursos en contra. Además, se regula la modalidad de honorarios profesionales, en atención a la valuación fiscal y a las etapas procesales, conforme a la normativa vigente. La ley de honorarios y la regulación de los montos están en línea con los parámetros establecidos en la legislación aplicable, y se dispone la acreditación del carácter de responsables inscriptos de los letrados.
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