BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GUASCH ALFREDO NORBERTO S/ COBRO SUMARIO DE PESOS
La sentencia hace lugar a la demanda por cobro sumario de pesos contra las herederas del fallecido Alfredo Norberto Guasch, confirmando la deuda y ordenando el pago, con costas y afectando la ejecución a los herederos por el fallecimiento del deudor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda (Banco de la Provincia de Buenos Aires) reclama el cobro de una suma de $187.733,81 por un préstamo BIP otorgado electrónicamente al fallecido Alfredo Norberto Guasch, quien incurrió en mora el 31.03.2018. La demanda se fundamenta en documentación electrónica, informes periciales y registros del sistema bancario, que acreditan la existencia y monto de la deuda. El demandado, Alfredo Norberto Guasch, falleció el 17.04.2020, y en consecuencia, se declaró que le suceden en la herencia sus herederas María Victoria Guasch y Mónica María Miola. La rebeldía de las herederas, declarada en el proceso, implica que se presume la veracidad de los hechos denunciados, pero la sentencia debe valorar la prueba aportada y aplicar el derecho. El tribunal consideró que el préstamo electrónico fue acreditado mediante instrumentos firmados digitalmente, que cumplen con las normas del Código Civil y Comercial, y que la documentación y pericia confirman la existencia del débito. La tasa de interés aplicada corresponde a la que cobra el Banco en operaciones de descuento a 30 días. La sentencia concluye que la deuda es exigible desde el 31.03.2018, y ordena el pago en el plazo de diez días, con costas a las herederas vencidas. Fundamentos principales: "El proceso en rebeldía crea una presunción en contra de la accionada, pero no basta por sí sola para el progreso de la acción. La sentencia ha de ser justa y traducir la adecuada valoración de los elementos aportados y la correcta aplicación del derecho. Aún aceptando la veracidad de los hechos alegados, la condena del remiso no podía fundarse en el solo silencio, si no en el ajuste de esos hechos con el derecho aplicable." "Los préstamos otorgados en forma electrónica son contratos de préstamo celebrados a distancia por medios electrónicos, suscriptos con firma electrónica luego de una debida validación de la identidad del contratante. Se trata de operaciones realizadas a través de internet sin la presencia física simultánea de los contratantes." "En el caso, la entidad financiera ha acompañado los siguientes instrumentos para fundar su reclamo: 1) certificado suscripto por gerente y subgerente del Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Olivos emitido el 16.11.2018 donde consta que el préstamo quedó reducido a la suma de $187.733,81 al día 31.3.2018 por
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