R.D.M. C/C.A.J. Y OTRO S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES O MUERTE
Sentencia definitiva que condena por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad del conductor y aseguradora y estableciendo una indemnización de $20.930.000.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue iniciada por R.D.M. contra C.A.J., conductor del vehículo Ford Ecosport, y C.M.S.B., asegurado, por daños ocasionados en un accidente ocurrido el 24/04/2024 en Mariano Acosta, Merlo. La demanda busca compensación por lesiones, daños materiales, gastos médicos, daño moral y psicológico. La evidencia recopilada, incluyendo peritajes y testimonios, acredita que el vehículo Ford incumplió normas de tránsito, provocando la colisión con la motocicleta del actor. La causa penal relacionada fue archivada, pero no impide la responsabilidad civil. La sentencia establece que C.A.J. actuó con imprudencia y negligencia, violando artículos de la Ley 24.449, y que la responsabilidad del dueño y conductor es objetiva, sin necesidad de probar culpa. La valoración de la prueba, especialmente el informe pericial, confirma la mecánica del accidente y la responsabilidad del demandado. Se condena a los demandados a pagar la suma de $20.930.000, incluyendo daños físicos, psicológicos y daño moral, con intereses del 6% anual desde la fecha del hecho. Las costas procesales se imponen a la demandada vencida y se extienden a la aseguradora. La sentencia fue apelada y la Cámara confirma la decisión en todos sus términos. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Es sabido que la providencia que pone los autos para dictar sentencia marca el cierre de la etapa de instrucción del proceso, quedando agotada por las partes la posibilidad de aportar otros elementos de prueba. Pero, fundamentalmente otro de los efectos lo constituye el saneamiento de todos los vicios de actividades anteriores, una vez consentida aquella providencia que hace así de compuerta tras la cual todos aquellos defectos pierden virtualidad. (CC0003 LZ 1799 RSD8811 S 21/06/2011 Carátula: Larrosa, Héctor Daniel c/Supermercados Mayoristas Makro S.A. y otros s/Daños y perjuicios). El hecho que se juzga ocurrió el 24/04/2024 y resulta de la prueba producida, incluyendo la causa penal archivada, que el vehículo conducido por C.A.J. incumplió normas de tránsito, específicamente el Art. 41, inciso g, apartado 3, de la Ley 24.449, al realizar un giro a la izquierda sin señalización adecuada, causando la colisión y lesiones al actor. La experticia pericial demuestra que la mecánica del siniestro fue atribuible a la conducta del conductor del Ford, en incumplimiento de las normas de cuidado y prudencia exigidas. La responsabilidad del conductor y del titular del vehículo es objetiva, conforme a los artículos
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