SANCHEZ CORNELIA MIRTA C/ FERNANDEZ GISELA LORENA Y OTROS S/ COBRO EJECUTIVO DE ALQUILERES
El tribunal se inhibe de entender en las presentes actuaciones y remite las mismas al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 Departamental por conexidad procesal. La resolución asegura la economía procesal y la relación entre los expedientes, dejando en manos del juez competente la decisión sobre la competencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, representada por la Dra. Chiacchio, presentó una demanda ampliada en el expediente MO-1447-2025. La magistrada a cargo del expediente, tras analizar la situación, resolvió inhibirse de entender en las presentes actuaciones y remitir el expediente al Juzgado N° 4 en lo Civil y Comercial Departamental. La decisión se fundamenta en la existencia de una conexidad procesal entre estos autos y otro expediente, "Desalojo (excluido por falta de pago)", que tramitan ante dicho juzgado. La resolución se basa en los artículos 4, 87, 188 y cctes. del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, considerando que la continuidad de los procesos en diferente juzgado sería contraria a la economía procesal y a la relación jurídica sustancial. Se invita al magistrado del juzgado receptor a plantear la cuestión negativa de competencia si no comparte el criterio.
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