VOLPACCHIO PEDRO C/ IGLESIA HÉCTOR GUSTAVO S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena el trance y remate en un proceso de cobro ejecutivo, disponiendo el pago de la suma reclamada y la ejecución de la misma, debido a la inacción del demandado respecto a excepciones y la falta de oposición en tiempo y forma. La resolución se fundamenta en la normativa del proceso civil y en la falta de oposición del ejecutado, confirmando la validez del proceso y la ejecución de la sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El demandante, Pedro Volpacchio, demanda al demandado, Héctor Gustavo Iglesia, en un proceso de cobro ejecutivo por la suma de $1.670.000, más intereses, gastos y costas. La resolución ordena el trance y remate del bien del ejecutado, por la falta de oposición dentro del plazo legal y la ausencia de excepciones legítimas opuestas. La sentencia destaca que el demandado no hizo uso de su derecho en tiempo y forma, y se basa en lo normado por el art. 155 del C.P.C. y los arts. 68 y 556 del C.P.C. para fundamentar la decisión. Además, se verifica que la intimación de pago fue realizada en el domicilio del demandado en Remedios de Escalada, Buenos Aires, y se deja constancia de la constitución del domicilio en los estrados del juzgado. La regulación de honorarios se difiere hasta la liquidación. La fundamentación remarca que, al no haberse opuesto excepciones legítimas y vencido el plazo legal, el derecho del demandado se considera perdido, y se ordena la ejecución forzada para hacer efectivo el crédito del actor.
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