BERUTTI MILAGROS PRISCILA y otro/a C/ BLANCO SERGIO MARCELO y otro/a S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Homologación del acuerdo transaccional en proceso por daños y perjuicios en accidente automovilístico. La Cámara homologó lo acordado por las partes y dispuso el pago de honorarios y costas según lo pactado, además de regular los montos de honorarios del letrado y mediador.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza Silvina Cairo homologó lo acordado por las partes en el proceso de daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico, en la causa "Berutti Milagros Priscila y otro/a c/ Blanco Sergio Marcelo y otro/a s/ daños y perjuicios automovilísticos c/ lesión o muerte". Las partes presentaron un acuerdo transaccional que fue aprobado, y se dispuso que las costas se distribuyeran según lo pactado en la cláusula cuarta del acuerdo. Además, se fijaron los honorarios de los profesionales intervinientes en función del monto del convenio, que asciende a la suma de 4.500.000 pesos, y se reguló también los honorarios del mediador, Dra. Alejo Miguel Zudaire, en 530.519,36 pesos. La decisión fundamentó que "de conformidad con lo normado por el art. 308 del CPCC., homológase lo acordado por las partes en el escrito de fs. 38/39 y su documento adjunto", y que "las costas se distribuirán según lo convenido en la cláusula cuarta (art. 73 del C.P.C.C)". Asimismo, se dispuso que las regulaciones de honorarios se notificaran conforme a la ley 14967 y su reglamentación, con especial referencia al artículo 54, y que los pagos se realizaran dentro de los plazos legales. La jueza también dejó constancia de la base arancelaria y la validez de las notificaciones por medios electrónicos.
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