PEREZ MANOLO S/ RECTIFICACION TITULO PROPIEDAD
La acción de rectificación registral del automotor en relación al estado civil del titular fue aceptada. La Cámara hizo lugar a la demanda y ordenó la rectificación del título, confirmando que el titular es casado y no soltero, en base a la prueba documental y al dictamen fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Claudia Elsa Ruibal y Mateo David Perez Ruibal, demanda la rectificación de la inscripción registral del automotor con dominio KNU399 para que conste que el titular del dominio se encontraba casado al momento de la adquisición, en lugar de soltero. La demanda se fundamenta en la existencia de una sucesión del titular, que acredita su estado civil, y en la documentación adjunta, incluyendo la declaración de herederos y el título automotor. La fiscalía expresó conformidad con la rectificación solicitada. El tribunal consideró que, en base a la documentación aportada y al dictamen fiscal, corresponde hacer lugar a la acción y rectificar el título automotor en el sentido solicitado, conforme a los arts. 420, 423 y 435 del Código Civil y Comercial. Se dispuso que las costas sean a cargo de los peticionantes por tratarse de una acción sin contraparte. La resolución se fundamenta en que "lo solicitado, lo que se desprende de la copia de la declaratoria de herederos y del título automotor, avala la corrección del estado civil". Asimismo, se ordena regular los honorarios de los abogados patrocinantes en los montos previstos por ley, y se dispone el oficio correspondiente para dar cumplimiento a la sentencia.
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