MONTIEL VANINA GISELE Y OTROSC/ BRAVO JOSE ANTONIO S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito fue rechazada por considerar que la responsabilidad del hecho recayó en la víctima, quien conducía en estado de ebriedad y a alta velocidad, rompiendo el nexo causal. La sentencia concluyó en la exoneración del demandado y la citada en garantía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, representada por Eva Ilda Sanabria Ferreira, Vanina Gisele Montiel y su hijo Agustin Thiago Kotik Montiel, reclama daños y perjuicios por la muerte de Alberto Arnaldo Kotik tras un accidente ocurrido el 2 de abril de 2010 en Lomas de Zamora, alegando la responsabilidad del conductor del automóvil José Antonio Bravo, que circulaba en exceso de velocidad y giró en forma antirreglamentaria. La defensa del demandado negó los hechos, alegando que Bravo circulaba con la velocidad permitida, en condiciones de atención y sin estar en estado de ebriedad, y que la responsabilidad fue del motociclista, quien conducía en estado de ebriedad y a alta velocidad, provocando el impacto. La prueba pericial mecánica y toxicológica avaló que la víctima conducía alcoholizada y en exceso de velocidad, y que la mecánica del accidente fue que Bravo giró a la izquierda sin la prohibición prevista en la ley, pero que la excesiva velocidad y el estado de ebriedad del motociclista eximieron de responsabilidad al demandado. La sentencia consideró que la conducta de la víctima fue factor causal excluyente, y en consecuencia, rechazó la demanda, imponiendo las costas a los actores.
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