DE LUCA ADA Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaratoria de herederos por sucesión ab intestato de Gabriel Spadaccini y Ada De Luca. La sentencia declara a los hijos y la esposa como herederos legítimos y ordena la apertura del proceso de sucesión, confirmando el cumplimiento de requisitos y la inexistencia de testamentos o juicios previos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia analiza la solicitud de declaratoria de herederos en una sucesión ab intestato. Se justificaron los fallecimientos de Gabriel Spadaccini (15/04/2023) y Ada De Luca (08/01/2025), ambos con certificados de defunción. Además, se acreditó el matrimonio celebrado en 1961 en Casalincontrada, Italia, y la existencia de los hijos: Rosana Esther Spadaccini (nacida en 1963) y Juan Pablo Spadaccini (nacido en 1973), mediante partidas de nacimiento. Se verificó también que no existen testamentos inscritos ni juicios similares en los registros correspondientes. La Cámara consideró que, conforme a las disposiciones del Código Civil y Comercial, los herederos son los hijos y la esposa, en relación a los bienes propios de los causantes, sin perjuicio de los derechos sobre los bienes gananciales de la comunidad conyugal. La sentencia dispuso que, por fallecimiento de Gabriel Spadaccini, le suceden sus hijos y su esposa, y que, por fallecimiento de Ada De Luca, le suceden sus hijos. Se dejó sin efecto la intervención fiscal y se ordenó la publicación y notificación correspondientes. La fundamentación principal afirma que “los requisitos legales para la declaratoria de herederos están cumplidos y no existen obstáculos registrales o judiciales que impidan la presente declaración.” En disidencia, no se registran votos en disidencia.
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