TARCA MAGDALENA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaración de herederos por fallecimiento de Jorge Atilio Bergamo, confirmando los herederos legítimos conforme a la ley y sin existencia de testamento. La resolución se basa en la documentación probatoria y la normativa civil aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia declara que, tras el fallecimiento de Jorge Atilio Bergamo ocurrido el 4 de marzo de 2025 en Bahía Blanca, le suceden en carácter de herederos sus hijos Sandra Jorgelina Bergamo y Mariela Patricia Bergamo, y su esposa Ruth Emelina Villagrán, en cuanto a los bienes propios del causante. La decisión se fundamenta en la documentación probatoria, incluyendo certificado de defunción, partidas de matrimonio, publicaciones de edictos, y constancias del Registro de Testamentos y Juicios Universales. La sentencia señala que no existe testamento ni juicio similar registrado a nombre del causante, y que la ley reconoce los derechos de los herederos en los bienes propios, sin afectar los bienes gananciales. La resolución se ajusta a los arts. 2.424, 2.426, 2.433 y cctes. del Código Civil y Comercial, además del art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial. Se ordena el cese de la intervención fiscal y la notificación correspondiente.
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