SUAREZ, FERNANDA ISABEL Y OTROS Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal confirmó la providencia que rechazó el recurso de apelación en subsidio contra la intimación de pago de una condena al Estado, argumentando que el crédito había sido aprobado y notificando la finalización del plazo para diferir el pago por parte del Estado Nacional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora (Fernanda Suárez y otros) demandó al Ministerio de Seguridad (PFA) en relación a una condena que se encontraba en proceso de pago.
- La demandada interpuso recurso de apelación en subsidio contra una providencia que intimaba a depositar las sumas adeudadas, alegando que aún se encontraba dentro del plazo para pagar, dado que las obligaciones fueron incorporadas al ejercicio presupuestario 2025 y que la prerrogativa de diferir el pago había fenecido.
- La Justicia sostuvo que el crédito fue aprobado el 14/06/2022 (fs. 176), notificándose el 05/07/2022, y que al 24/02/2025, la parte actora ya podía promover la ejecución forzada, dado que había vencido la prerrogativa de diferir el pago prevista en la ley. La Cámara concluyó que la parte demandada no acreditó el depósito del monto correspondiente y que, por ende, la intimación era procedente.
- La Sala reiteró que, conforme a la ley y jurisprudencia, cuando se agota la partida presupuestaria, el Estado puede diferir el pago por única vez, pero este plazo se extiende hasta el 31/12/2025, y que en este caso, la obligación ya era exigible desde la notificación del auto de liquidación.
- Por todo ello, se rechazó el recurso de apelación en subsidio y se confirmó la providencia de fs. 203.
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