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ITALIA TRASPORTO AEREO SPA SUCURSAL ARGENTINA c/ EN-M ECONOMIA (EX 140581797/22 - CDIM 765766/25) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la improcedencia del recurso de apelación interpuesto contra la regulación de honorarios, argumentando que las sentencias en segunda instancia solo son susceptibles de recurso ante la Corte Suprema de Justicia, en virtud del artículo 257 del CPCCN.

Recurso de apelacion Honorarios Sentencia Cpccn Corte suprema Improcedencia Segunda instancia Jurisdiccion Camara Argentina.

Quién demanda: La parte actora (Italia Trasporto Aéreo SPA Sucursal Argentina)

¿A quién se demanda?

En-el-Economia (ex 140581797/22
- CDIM 765766/25)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación contra la regulación de honorarios de los Dres. Gastón Ignacio de Acha y Verónica Laura Treviño, en su carácter de letrado patrocinante y letrada apoderada de la parte demandada, respectivamente, por considerar alta la mentada regulación.

¿Qué se resolvió?

La Sala declaró la improcedencia del recurso de apelación, señalando que las sentencias dictadas en segunda instancia solo son susceptibles de ser recurridas ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en virtud del artículo 257 del CPCCN. Fundamentos principales de la decisión: "Las sentencias dictadas en segunda instancia son únicamente susceptibles de ser recurridas por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, según lo dispuesto en el artículo 257 del CPCCN. En consecuencia, corresponde declarar la improcedencia del recurso intentado por la parte actora." Además, se hizo saber que el Dr. Marcelo Daniel Duffy no suscribe la sentencia por encontrarse en uso de licencia, y la firma fue del Sr. juez de Cámara Sergio G. Fernández conforme a la Resolución J.S. Nº 8/25.

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